Reformas mineras podrían afectar a comunidades indígenas de Ecuador

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Indígenas de Ecuador (archivo)

Sputnik
Ecuador
25 de junio, 2020

 

QUITO (Sputnik) — Dirigentes de los pueblos indígenas de la Amazonía de Ecuador y de la Alianza por los Derechos Humanos expresaron su preocupación ante una posible afectación de derechos por la eventual aprobación de un reglamento de consulta previa para la actividad minera por parte del Gobierno.

“No pueden elaborar un reglamento de consulta previa sin nosotros, porque somos los principales afectados. Todo lo que está haciendo el viceministerio de Minas es inconstitucional e ilegal, viola sentencias internacionales, la Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y el Convenio 169 de la OIT”, dijo Patricia Gualinga, de la Red de Mujeres Amazónicas Defensoras de la Selva Frente al Extractivismo.

El pronunciamiento se dio en el foro virtual “El Derecho a la Consulta Previa en Peligro”, organizado para responder al viceministro de Minas, Fernando Benalcázar, quien el mes pasado aseguró que estaba listo el reglamento para la consulta previa, libre e informada a las comunidades, en el caso de las actividades mineras.

Los organizadores del foro dijeron que según Benalcázar solo falta la firma de un decreto por parte del presidente Lenín Moreno.

En el tema de la consulta previa, libre e informada existen posiciones encontradas entre el Gobierno y los pueblos ancestrales.

De acuerdo con las leyes ecuatorianas la consulta previa no tiene carácter vinculante, pero debe realizarse obligatoriamente previo al desarrollo de los proyectos extractivos.

Las comunidades indígenas afectadas por proyectos petroleros o mineros sostienen que la consulta previa sí tiene fuerza vinculante para los Estados.

Gualinga citó como ejemplo un caso de la comunidad indígena amazónica de Sarayaku, que en 2012 ganó un caso en la Corte Interamericana de Derechos Humanos, con lo cual se frenó un proyecto petrolero en su territorio.

Según Gualinga, ese caso sentó jurisprudencia con estándares internacionales, con relación a la consulta previa.

Explicó, además, que la sentencia de la Corte-IDH detalla requisitos para las consultas, por parte de los gobiernos, entre otras, actuar de buena fe buena fe y utilizar procedimientos culturalmente adecuados encaminados a conseguir el consentimiento de las comunidades.

Verónica Potes, abogada defensora de los derechos humanos, coincidió con Gualinga al señalar que ese fallo constituye un paradigma para la consulta previa ambiental en Ecuador.

El miércoles, la denominada Alianza por los Derechos Humanos de Ecuador dijo que de aprobarse el reglamento anunciado por el viceministro de Minas, sin el consentimiento de las organizaciones indígenas representativas del país, se violaría el principio de reserva legal al no acatar las disposiciones establecidas en los instrumentos internacionales de derechos humanos.

La Alianza denunció ante la Corte Constitucional, la Defensoría del Pueblo, el Sistema Interamericano de Derechos Humanos y el Relator de Pueblos Indígenas del Sistema de Naciones Unidas que el Gobierno ecuatoriano, en materia minera, responde a intereses empresariales y de inversionistas foráneos.

Ecuador tiene solo dos proyectos mineros de gran escala en producción: el aurífero subterráneo Fruta del Norte, concesionado a la empresa canadiense Lundin Gold y el cuprífero a cielo abierto Mirador, operado por EcuaCorriente, una subsidiaria del consorcio chino CRC-Tongling Nonferrus Metals.

Al menos una docena de proyectos de diferentes empresas están en diferentes etapas de exploración.

Tomado de: https://mundo.sputniknews.com/america-latina/202006251091882432-reformas-mineras-podrian-afectar-a-comunidades-indigenas-de-ecuador/