AN declara como “oro de sangre” todo material aurífero extraído ilegalmente en la Amazonía venezolana

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Correo del Caroní

María Ramírez Cabello

29 de Abril de 2020

 

El Parlamento acordó que queda prohibida la venta, comercialización y circulación en todo el territorio nacional, así como la exportación del oro y demás minerales extraídos en los estados Amazonas, Bolívar y Delta Amacuro.

La Asamblea Nacional declaró, este martes, como “oro de sangre” todo el material aurífero que se extrae ilegalmente de los estados Amazonas, Bolívar y Delta Amacuro, que integran la Amazonía venezolana, y señaló que queda prohibida su venta, comercialización y circulación en todo el territorio nacional, así como su exportación.

La declaratoria se desprende de un acuerdo de la Asamblea Nacional en rechazo al “criminal uso del oro de sangre y demás minerales extraídos de forma ilegal, para la adquisición y contrabando de productos y materiales por parte del régimen usurpador de Nicolás Maduro y grupos delictivos por él auspiciados”.

“Toda la producción de Guayana es oro aluvional e ilegal; no tenemos ninguna producción de la mediana minería en estos momentos”, aseguró el diputado José Ricardo Salazar, miembro de la comisión permanente de Finanzas, quien resaltó que hace años empresas como Minerven operaban conforme a la Constitución Nacional y cumpliendo planes de manejo ambiental.

Ahora, dijo, la minería que más se practica es de aluvión, “pegando un monitor hidráulico y arrastrando grandes cantidades de sedimentos a los cauces de los ríos”. Enfatizó que con este acuerdo quieren elevar la denuncia al mercado internacional del oro, “porque los que se aprovechan de esto son los que acumulan oro y hacen su aprovechamiento final. La alerta es que este oro es un oro ilegal, manchado, es un oro de sangre por todas las condiciones sociales, arbitrariedades y delincuencia en que se está explotando”, agregó.

Entre las justificaciones de la declaratoria, la AN indica que el 15 de enero de 2019 declaró formalmente la usurpación de la Presidencia de la República por parte de Nicolás Maduro y, por lo tanto, son nulos todos los supuestos actos emanados del Poder Ejecutivo. Asimismo, señala que es este régimen usurpador el que mantiene y auspicia el descontrol en las áreas de explotación minera al sur del país, conocido como el Arco Minero, “cuya exploración, explotación y comercialización está concentrada en la empresa Compañía Anónima Militar para las Industrias Mineras, Petrolíferas y de Gas (Caminpeg)”.

Con la declaratoria de “oro de sangre”, el Parlamento acuerda notificar a la comunidad internacional “a fin de alertar sobre la ilicitud de los negocios realizados en torno a ello” y responsabiliza al régimen de Nicolás Maduro por las consecuencias que estas actividades han tenido en los pueblos indígenas de los estados Bolívar, Amazonas y Delta Amacuro: “desplazamiento forzoso, la muerte de muchos de sus habitantes y la destrucción de sus asentamientos, de su economía y de su desarrollo social”.

La Asamblea Nacional se comprometió a notificar formalmente a los países fronterizos con Venezuela sobre esta decisión “para que ejerzan el control sobre los productos y materiales que están siendo traídos a través de las fronteras terrestres, marítimas y fluviales, con destino al Arco Minero. Y que, a su vez, notifiquen a las empresas privadas dentro de sus respectivos países que la recepción del oro y demás minerales obtenidos en las formas descritas en el acuerdo, es ilegal y constituye un delito, reservándose el Estado las acciones a que haya lugar por el incumplimiento”.

Finalmente, ratificó a las empresas públicas y privadas que han participado en actividades de explotación y comercialización del Arco Minero, que los actos realizados por el Poder Ejecutivo usurpado por Nicolás Maduro a partir del 10 de enero de 2019 son nulos, “por lo que las autorizaciones, contratos o concesiones que hayan sido otorgados por el régimen usurpador para el desarrollo de cualquier actividad minera en el territorio nacional son inexistentes jurídicamente y como tal serán declarados una vez cese la usurpación del Poder Ejecutivo”.

En otras partes del mundo, existen legislaciones que impiden las operaciones con minerales extraídos en zonas de conflicto, en las que por definición entrarían las áreas del Arco Minero en las que la violencia es generalizada.

La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), por ejemplo, establece en su guía de diligencia debida para la gestión responsable de las cadenas de suministro de minerales procedentes de zonas de conflicto y de alto riesgo que no tolerarán ni facilitarán que cualquier actor cometa: Cualquier forma de tortura o tratamiento cruel, inhumano o degradante; Cualquier forma de trabajo forzado, definido como cualquier clase de trabajo o servicio que sea exigido de un individuo bajo la amenaza de recibir castigo y para el cual dicho individuo no se haya ofrecido voluntariamente; Las peores formas de trabajo infantil; Otras graves violaciones a los derechos humanos y abusos tales como la violencia sexual generalizada; y Crímenes de guerra u otras graves violaciones del derecho internacional humanitario, crímenes contra la humanidad o genocidio.

En Venezuela, la minería promovida por el gobierno de Nicolás Maduro bajo el nombre de Arco Minero del Orinoco ha supuesto violencia, daños ambientales, proliferación de enfermedades, además de contrabando a través de las fronteras de Colombia y Brasil, así como las islas Aruba, Bonaire y Curazao. Con la pandemia del coronavirus, diversas organizaciones han pedido frenar las actividades extractivas en la Amazonía venezolana debido al riesgo que corren las comunidades indígenas.

Última jugada a favor de la anarquía minera

El último movimiento del gobierno de Nicolás Maduro en materia minera fue aprobar la extracción de oro y diamantes en seis ríos de la Amazonía: Cuchivero, Caura, Aro, Caroní, Yuruarí y Cuyuní a través de balsas. En el curso de estos ríos, habitan al menos nueve etnias indígenas que suman más de 40 mil personas.

La resolución, publicada en la Gaceta Oficial extraordinaria N° 6.526 del 8 de abril de 2020, establece que el Ministerio del Poder Popular de Desarrollo Minero Ecológico determinará el área susceptible de afectación, la cual no podrá exceder los ochenta metros a partir de la margen o ribera del río.

La norma establece que los interesados deberán estar inscritos en el Registro Único Minero (RUM) y suscribir una alianza con la Corporación Venezolana de Minería. A la par, reitera la prohibición prevista en el Decreto Nro. 2.412 que restringe el uso, tenencia, almacenamiento y transporte de mercurio (Hg) como método de obtención o tratamiento del oro y cualquier otro mineral metálico o no metálico.

La presidenta de la Sociedad Venezolana de Ecología, Vilisa Morón, sostuvo que pese a esta restricción las balsas ilegales que operan en el Arco Minero están usando mercurio sin control actualmente. “¿Qué garantías da esta resolución ministerial de controlar el uso? Ya hay un impacto en esos ríos que no ha sido medido, esto solo dará una apariencia de ‘legalidad’ para poder encarrilar a los inversionistas ilegales y hacer un saludo a la bandera entregando una parte al BCV”.

La bióloga sostuvo que estas actividades potenciarán la sedimentación y la remoción del fondo del río de gasolina, aceite, mercurio y diferentes metales y químicos que se utilizan y que, finalmente, “van a dar al Orinoco y a potenciar el proceso de bioacumulación de mercurio que ya ocurre, comprometiendo así las poblaciones de peces y comunidades (…) los peces del Orinoco no solo se consumen localmente, también son vendidos a pueblos y ciudades del resto del país”.

Tomado de: https://www.correodelcaroni.com/economia/5142-an-declara-como-oro-de-sangre-todo-material-aurifero-extraido-ilegalmente-en-la-amazonia-venezolana